España flag Consulado General de España en Nador

DirecciónB.D. Hassan II nº 47
Nador
Marruecos
Teléfonolocal: (0536) 606.524
internacional: +212.536.606.524
Faxlocal: (0536) 606.152
internacional: +212.536.606.152
Emailcgespnador@mail.mae.es

» ¿Puedo visitar a España sin visa?

Comentarios acerca de esta Consulado General

hanan
Tue, 15 Apr 2014 06:34 EDT
es my mala
Es verdad la señora qui trabaja in el registro civil esmy my mala perdona prefiero ver a un cerdo de verla a ella
nadia
Mon, 14 Apr 2014 16:42 EDT
reagrupacion familiar
Choqraan bazzaf yousra y tareek !
Ali
Mon, 14 Apr 2014 14:57 EDT
Afectada
Jajajajaja pues puede ser que le falté algo a esa tía yo pienso que son muy mala gente casi todos
farid
Mon, 14 Apr 2014 14:44 EDT
es verdad
Es verdad es mal fullada siempre esta con mala leche sera porque le falta leche
pero no crro que existe algun hombre que puede acercarla porque tiene una cara de bruja sucia
hakim
Mon, 14 Apr 2014 13:38 EDT
muertos de hambre
No veis que son muertos de hambre son casi todos de andalucia una miseria total.vinieron de la montaña no tienen ni education ni respeto y sobre todo la vieja del registro civil es una amargada mal educada asquerosa ........
Ali
Mon, 14 Apr 2014 13:31 EDT
Afectado
No hermana no están dando visados solo si lo dan a los mayores de 60 años
farah
Mon, 14 Apr 2014 07:03 EDT
Hola a todos os quiero preguntar por la reagrupación familiarestán dando lo visados ya en nador
TAREK
Mon, 14 Apr 2014 05:10 EDT
RESP.NADIA.1
Documentación a presentar


1. Solicitud
2. Justificante del abono de la tasa correspondiente, modelo 030
Una vez entregada la solicitud, la unidad competente se pondrá en contacto con el solicitante para realizar una entrevista, en la que tendrá que presentar la siguiente documentación:
3.1. DNI/NIE de la persona reagrupante (original y copia).
3.2. Pasaporte de la persona a reagrupar (copia compulsada).
3.3. Certificado de empadronamiento actualizado (original y copia).
3.4. Contrato de alquiler de la vivienda (con nombre, apellidos y DNI/NIE del arrendador y arrendatario) ó escritura de compraventa (original y copia).
3.5. Últimas facturas de luz, agua y gas (original).
Tramitación


El plazo máximo de emisión de dicho informe, según la normativa vigente, es de 30 días desde la fecha de solicitud del mismo. Pasados 30 días desde que pidan el informe, sin que éste se haya emitido, podrán solicitar un certificado de inactividad de la Administración, y utilizar cualquier medio de prueba válido en Derecho, a efectos de acreditar la idoneidad de la vivienda.

VOY A CREAR UN BLOG O PAGINA POR FACEBOOK YA QUE POR AQUI NO SE PUBLICAN MIS COMENTARIOS.

SALUDOS A TODOS
hanan
Sun, 13 Apr 2014 11:25 EDT
mosaads
Hola soy hanan de por quiero informacion tengo el provado a m marido en espsna y l pricentado en nador y ahora estoy de baja y estoy en marruecos quiero mas informi po fa
Yousra
Sat, 12 Apr 2014 18:27 EDT
Para nadia
hola!
para el informe de vivienda,te piden el contrato de casa,las ultimas facturas de luz, agua y gas, también te piden la célula de vivienda
(este papel se lo pides a la persona que te alquilo el piso, en célula de vivienda ahi pone cuantos metros tiene la casa y cuantas personas pueden convivir en ese piso), fotocopia de tu pasaporte, fotocopia de tu residencia, y la solicitud que hay que rellenar que lo puedes descargar por internet o en el ayuntamiento te lo dan.
saludos

Publique un comentario en esta página

Le invitamos a compartir sus experiencias sobre Consulado General de España — tales como obtener visas y otros servicios, localizar el edificio y temas por el estilo.

Su nombre
Título
Su mensaje
Máximo 2000 caracteres
 

Este sitio web no es operado por esta(e) Consulado General y por lo tanto sus comentarios y preguntas no serán necesariamente vistas por su personal. Por favor tome en cuenta que éste no es un foro para discutir ampliamente sobre la política exterior de España, por lo que los temas de dicha naturaleza serán eliminados.