Embajada de Estados Unidos en Asunción
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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE VISA DE TURISMO
¿Se requiere una carta de invitación cuando se solicita una visa de no-inmigrante, también conocida como visa de turismo?
Una carta de invitación de un amigo o un miembro de su familia no es necesaria para solicitar su visa de turismo. Si usted desea traer una invitación, recuerde por favor que no es uno de los requisitos esenciales que utilizamos para determinar si se otorga o no el visado de turista. Lo que es más importante para el oficial consular cuando determina otorgar o no el visado es si el solicitante puede probar que no tiene la intención de abandonar su residencia en la República del Paraguay. Los solicitantes deben probar la existencia de esa residencia demostrando que tienen lazos en la República del Paraguay que lo harán salir de los Estados Unidos al finalizar su estadía temporal. Las leyes de inmigración colocan el peso de esta prueba y responsabilidad sobre el solicitante y no en los amigos y/o familiares que viven en los Estados Unidos.
Cuando se debaten los lazos que se tienen fuera, normalmente interpretamos estos como lazos familiares, sociales, economicos, profesionales, culturales o una carrera permamente en Paraguay, un oficio una profesion un plan de futuro en su vida personal, profesional que harían regresar al solicitante de vuelta a su país, la República del Paraguay. "Lazos" son las cosas que le unen a su país de residencia: sus posesiones, su empleo, sus relaciones familiares y sociales.
EL CONSUL NO ME OTORGÓ LA VISA POR QUE?
Las leyes de inmigración de los Estados Unidos son muy específicas cuando se trata de otorgar una visa de no-inmigrante. El solicitante debe demostrar que regresará en un tiempo razonable y que su visita a los Estados Unidos corresponde con el propósito expresado en la entrevista.
Lo que usted debe recordar cuando tramita la visa es primero decir la verdad, tanto cuando habla con el cónsul como cuando completa su solicitud de visa. La solicitud de visado es un documento legal y constituye la base de la entrevista. En esta solicitud, cuando usted firma, confirma que todo lo que ella contienen es la verdad. Por esta razón se debe de tener mucho cuidado al completar la solicitud y debe revisar que todo lo que escribió es la verdad.
El oficial consular evaluará su situación , incluyendo su situación familiar, laboral, sus viajes anteriores, y los lazos que usted tiene con su país de origen o residencia. Aunque todos los casos son diferentes, los cónsules aplican la ley de la misma forma, teniendo en cuenta la información que el solicitante provee. Las decisiones son tomadas de manera consistente, no existe una lotería, no se basa en la suerte ni en las "ganas" del oficial consular.
No existen cuotas numéricas para las autorizaciones de visas de turismo, no se acaban las visas, y si el solicitante esta calificado, la visa será autorizada por el oficial consular.
Recientemente se me negó la visa, ¿Cuando puedo volver a solicitar?
De acuerdo con la sección 214(b) de la ley de inmigración de los Estados Unidos, todos los solicitantes de visa de no-inmigrante tienen que superar la presunción de que no abandonarán su país de origen o residencia para permanecer en los Estados Unidos. Esta presunción normalmente se supera demostrando fuertes vínculos sociales y económicos con la República del Paraguay. Si el oficial consular no está cien por ciento convencido de que el solicitante regresará a Paraguay, tiene que, por ley, declararlo inelegible para una visa de paseo.
Sin embargo, aunque la decisión no puede ser apelada, esto no significa que la entrada a Estados Unidos este permanentemente prohibida si la visa es negada bajo la sección 214(b) de la ley. La persona puede volver a solicitar cuando decida, pero le sugerimos que espere a que exista un cambio significativo en su situación personal. No hay ningún período de tiempo establecido para esto, pero normalmente estos cambios significativos ocurren en un período de dos a tres años, no en uno o dos meses.
Deben recordar que el proceso no es una lotería. Cada oficial consular aplica la ley de la misma manera. Volver a solicitar una visa de paseo con la esperanza de que la entrevista sea realizada por otro oficial consular, no cambiará mucho la decisión si su situación no ha cambiado en nada. Por ende, el mejor momento para volver a solicitar es cuando ya se puedan demostrar vínculos económicos, familaires, profesionales y sociales más fuertes con República del Paraguay. Durante su nueva entrevista, el oficial consular le hará preguntas para poder determinar que ha cambiado en su situación. Es por esto que cuando se decida a volver a solicitar, las personas deben siempre de preguntarse, "¿Qué ha cambiado en mi situación?"
¿Cuál es el significado de que mi visa fue rechazada de acuerdo a la sección 214(b)?
Muchos solicitantes de visa escuchan al Oficial Consular decir: "Su solicitud de visa ha sido rechazada. Usted no reúne los requisitos exigidos por la sección 214(b) de la Ley de Inmigración." A continuación explicamos qué significa que su visa haya sido rechazada bajo los términos de la sección 214(b).
La sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos establece que todo extranjero se presume un inmigrante hasta que demuestre a satisfacción del Oficial Consular que al momento de su solicitud posee un estatus de no-inmigrante.
La razón más frecuente para rechazar una solicitud bajo la sección 214(b) radica en el requisito de que el futuro visitante o estudiante posea una residencia fuera de los Estados Unidos que él o ella no tiene la intención de abandonar. Los solicitantes pueden probar la existencia de esta residencia demostrando que ellos tienen lazos fuertes en su país de residencia que los obliguen a salir de los Estados Unidos al finalizar su estadía temporal. La responsabilidad de probar esta intención recae en el solicitante, según establece la ley.
El término los "fuertes vínculos" difiere de un país al otro, de una ciudad a otra, de un individuo a otro. Algunos ejemplos de vínculos pueden ser un empleo, una casa, la familia, una cuenta bancaria. Los "lazos" son los aspectos de su vida que lo atan a su país de residencia: sus posesiones, empleo, sus relaciones profesionales, familiares y sociales.
Durante la entrevista el Oficial Consular evalúa cada caso en particular y considera los aspectos profesional, social y cultural, entre otros. En caso de solicitantes jóvenes que no han tenido la oportunidad de establecer suficientes lazos, el Oficial Consular puede evaluar las intenciones específicas del solicitante, su situación familiar, sus planes a largo plazo y las perspectivas que tiene en su país de residencia. Cada caso es examinado individualmente y de acuerdo a las consideraciones acordadas en la ley.
Un rechazo bajo la sección 214(b) no significa que usted es permanentemente inelegible para recibir un visado a los Estados Unidos. Usted puede solicitar de nuevo cuando pueda demostrar lazos personales, profesionales y financieros con su país de residencia más fuertes.
¿Existe un límite diario, mensual ó anual en el número de visados que un cónsul puede aprobar o negar
No existe límite diario, mensual ó anual en el número de visados que puede ser aprobado o rechazado por los funcionarios consulares. Los oficiales consulares deben evaluar cada solicitud individualmente para determinar si el solicitante cumple con los requisitos establecidos en la legislación de los Estados Unidos para recibir un visado. El solicitante debe demostrar que su intención es ir a los Estados Unidos por un corto tiempo, como lo manifestó durante su entrevista, y que cumplirá con los términos de la visa que se le otorgó.
Si el oficial determina que el solicitante es no es capaz de cumplir con los requisitos exigidos para que la visa sea aprobada, es mejor volver a solicitar, solo si existen cambios significativos en la situación personal del solicitante. Solicitar nuevamente con informaciones y/o documentos no presentados que el Cónsul no vio en la primera entrevista no necesariamente ayuda a los candidatos superar la negativa anterior. No hay ningún sistema de lotería de visados de turista, las decisiones son coherentes de un oficial consular a otro. La posibilidad de que sea otorgada la visa no aumenta si se solicita varias veces.
Más importante y primordial, el solicitante debe recordar decir la verdad en su la solicitud de visado y durante la entrevista. Si el solicitante cumple los requisitos y demuestra a la satisfacción del cónsul que va a honrar los términos de la visa, la visa será emitida, no importando si otros muchos fueron visados ese mismo día, mes o año.
¿Qué hacer en caso de ser rechazada la visa?
Si se le rechaza su solicitud para una visa de no inmigrante, se le informará la razón. Los rechazos mas comunes son los previstos por los artículos 221(g) y 214(b) conforme a la Ley de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos. Otros artículos para rechazos son más específicos y serán acompañados por una nota mas detallada.
Conforme al artículo 221(g), estamos solicitando información adicional antes de tomar la decisión final. Generalmente, la aplicación está incompleta, o hay requisitos adicionales tales como aranceles, que son específicos del caso, o necesitamos mayor explicación de su propósito o de sus respuestas a ciertas preguntas. Frecuentemente, parte de la pregunta 34 no fue contestada o explicada o la solicitud no fue firmada. Frecuentemente, queremos saber mas sobre su empleo y domicilio legal en la República del Paraguay o donde sea y nos gustaría saber mas sobre sus compromiso con el trabajo y social. A veces, las peticiones que avalan la visa no se presentan o están incompletas.
Cuando se le rechaza la visa conforme al artículo 221(g), debe presentar la información y/ o documentación requerida junto con la carta de rechazo y su pasaporte. Si presenta la información y/ o documentación dentro del año desde la fecha de la aplicación, no tendrá que abonar el arancel de la visa nuevamente. Una vez que recibimos la nueva información, revisaremos su aplicación y tomaremos la decisión final.
Los rechazos conforme al artículo 214(b) significan que entendemos su situación pero decidimos no otorgarle la visa ya que no superó la presunción legal de que utilizará la visa de visitante para inmigrar o trabajar ilegalmente en los Estados Unidos.
Los solicitantes pueden superar la presunción legal convenciendo al Funcionario Consular que utilizarán la visa apropiadamente y que tienen un lugar de residencia bien establecida fuera de los Estados Unidos a donde regresarán luego de una visita temporaria a los Estados Unidos. Evaluando el lugar de residencia descripto por el solicitante fuera del país, consideraremos los lazos que la persona tiene con la carrera, lazos económicos, sociales, familiares, bienes y demás. En consecuencia, es más probable que se le rechace la visa a un solicitante que no tiene una carrera permanente u otras relaciones con Paraguay o con otro país que a un solicitante que tiene lazos y obligaciones obvias. Es muy probable que se le rechace una visa conforme al artículo 214(b) a una persona que tiene un futuro incierto, planes indefinidos en los Estados Unidos o finanzas no muy claras. Se les rechazarán las visas muy probablemente a las personas que no son residentes o que no han residido en la República del Paraguay durante un tiempo prolongado ya que no se han establecido, entre sus carreras y residencia, o porque no podemos evaluar sus supuestos vínculos fuera de la jurisdicción consular.
Si se le rechaza la visa luego de haber presentado la información adicional, debería reconsiderar sus planes para viajar. Puede ser que necesite fortalecer sus vínculos con la República del Paraguay o con otro lugar fuera de los Estados Unidos para demostrar concretamente que de hecho, está establecido en algún lugar, para que se evalúen mas favorablemente las solicitudes futuras de visas. El hecho que se le haya rechazado la visa conforme al artículo 214(b) no significa que será rechazado nuevamente. Un rechazo conforme al artículo 214(b) significa que, en este momento, en su situación laboral, económica, social y demás, el Funcionario Consular no se convenció que ha calificado para la visa de los Estados Unidos.
Si vuelve a aplicar luego de haber sido rechazado conforme al artículo 214(b) de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA), deberá completar una nueva solicitud y abonar nuevamente el arancel de la visa.
Mi aplicación fue rechazada conforme al artículo 214(b). Si presento mas DOCUMENTOS, ¿se me otorgará la visa?
Aplicar para una visa de no inmigrante no es un proceso que se basa principalmente en la presentación de documentos. La cuestión mas importante al determinar si un solicitante califica para la visa es la intención, y la documentación por si sola no puede determinar su intenciones de volver a Paraguay. En algunos casos, la documentación puede ayudar a establecer la intención del solicitante de regresar a la República del Paraguay demostrando que el solicitante está bien establecido en el país. En otros casos, las circunstancias están lo suficientemente claras que no necesitan documentación. Si su aplicación de visa fue rechazada es muy probable que ningún documento pueda modificar la decisión del Funcionario Consular.
¿CÓMO PUEDE EL FUNCIONARIO CONSULAR DETERMINAR MIS LAZOS O VINCULOS SINO ME PIDIÓ NINGÚN DOCUMENTO?
El funcionario consular es una persona entrenada para determinar la elegibilidad o no de un solicitante, la decisión para la emisión de visa se basa principalmente en la ENTREVISTA Y EN EL LLENADO DEL FORMULARIO ELECTRONICO DS 160, en pocos minutos el funcionario consular habrá analizado sus circuntancias dentro del contexto social, profesional, económico, familiar que le ayuda al funcionario a tomar una decisión final. Los puntos criticos son la entrevista y el llenado correcto del formulario electronico. El funcionario consular NO ESTA OBLIGADO A REVISAR DOCUMENTO ALGUNO
¿UN COMPAÑERO DE TRABAJO CON EL MISMO SUELDO QUE YO SE LE OTORGÓ LA VISA Y POR QUÉ A MI SE ME RECHAZÓ?
La situación profesional y/o económica es UNO de los factores de analisis para la decisión del funcionario consular, al determinar la elegibilidad de la visa se toman en cuenta otros factores como: familiares (compromisos como pago de cuota de los hijos en la escuela, si es estudiante universitario, etc), sociales y HISTORIAS DE VIAJES AL EXTERIOR, la sumatoria de todos los factores se tienen en cuenta y no se encuentran limitadas a uno solo factor.
¿ME NEGARON LA VISA PORQUE SOY SOLTERO/A?
Personas aún siendo casadas no pueden demostrar sus vinculos por no poseer fuertes lazos, el hecho de ser soltero NO le impide obtener una visa de los Estados Unidos, analizaremos la situacion social, economica y profesional del solicitante para determinar que tan establecido se encuentra en la República del Paraguay.
¿Qué es lo que busca el Funcionario Consular para determinar el status de no inmigrante del solicitante?
Al hacer la determinación, el Funcionario considera la situación personal del solicitante, sus planes de viajes,VIAJES ANTERIORES AL EXTRANEJERO, fondos económicos, y lazos profesionales, sociales, familiares y economicas fuera de los Estados Unidos que asegurarán su regreso al Paraguay luego de una visita temporaria.
¿SACAR LA VISA AMERICA ES SUERTE, HAY UN CUPO LIMITADO DE VISAS?
Para aclarar más el panorama, todas los solicitantes de visas reciben la maxima consideración de la Ley de Inmgración de los Estados Unidos, por tanto calificar para una visa NO ES CUESTION DE SUERTE, si un solicitante puede efectivamente demostrar que posee fuertes lazos con Paraguay, recibirá la visa.
No hay un cupo limitado de visas, excepto para aquellas categorias como las de trabajo H1B
¿ Nací el 04 de julio, seguro me dan la visa?
El hecho de que usted haya nacido el 04 de julio no le garantiza una calificación automática para una visa, USTED DEBE IGUALMENTE DEMOSTRAR FUERTES LAZOS SOCIALES, ECONOMICOS, FAMILIARES Y PROFESIONALES EN PARAGUAY que nos asegure que retornará luego de una visita corta en los Estados Unidos.
hola quiero saber que requisito necesito visa o carta de trabajo para ir en estado unido ya por motivo de trabajo por favor si me pueden responder gracia
hola quiero saber que necesito para ir en estado unido ya por motivo de trabajo por favor si me pueden responder
hola, soy argentina, quiero saber si puedo gestionar mi visa de turista para ingresar a eeuu en la embajada que se encuentra en chile. gracias. mi correo es noeratti@hotmail.com
SOY DE PARAGUAY DESEO SABER Q NESESITO PARA OBTENER UNA VISA PARA LOS ESTADOS UNIDOS COMO TURISTA
Hola, soy paraguayo y quisiera saber cuals son los requisitos para la obtencion de la VISA, quiero ir por una semana a los EEUU en forma de turista! Espero su respuesta! este es mi correo jersson_m@hotmail.com
Gracias
MI NOMBRE ES DANIEL DIAZ, SOY ARGENTINO RESIDENTE EN LA CIUDAD FRONTERIZA DE FORMOSA, QUISIERA SABER SI PUEDO TRAMITAR LA VISA DE TURISTA A EEUU EN LA EMBAJADA DE PARAGUAY. GRACIAS.
Soy Brasilero radicado en Paraguay, mi pareja y mi hijo viven en Brasil.Quisiera saber si puedo sacar visa para ellos aqui en Paraguay?
Hola me gustaria saber cuales son los requisitos para optener un visado de turista para ir de vacaciones a los estados unidos..por favor si me pueden responder en mari_gonzalez84@hotmail.com .gracias
Quisiera saber si una persona que tuvo la visa para ingresar a EE.UU, y se quedó en este país durante 11 años, y nunca volvió a Paraguay, por lógica esa Visa venció, y según tengo entendido nunca se dan visas por 10 años, ella tiene 2 hijas en Nueva YOrk, ahora vino a Paraguay, y quiere regresar a Nueva YOrk y llevarse a otra de sus hijas y a mis dos nietos, por favor, ayudenme, no sé el nombre pero el apellido es Barrios, y sus hijas que viven en Nueva York, se llaman Susana Sánchez Barrios y Carolina Sánchez Barrios. Ayuda por favor, quiere secuestrar prácticamente a mis nietos.
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