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Comentarios acerca de esta Consulado General

jose huanco
Thu, 5 Apr 2018 19:15 EDT
importar camioneta de chile al peru
saludos una consulta soy natural del peru pero quiero comprarme una camioneta en chile por lo que beo me sale mas barato pero como ago para traerlo al peru . x fabor si me podrian decir como aserlo
Domingo Vila
Sun, 18 Mar 2018 21:34 EDT
Nacionalizar un vehículo de chile en Perú
Tengo una toyota hilux 2013 full cuanto me sale pagar el impuesto el total gracias
jorge cahuana Cárdenas
Fri, 9 Mar 2018 16:05 EST
ayudeme como haria
Hola deseo comprar dos carros de Arica y llevarlo a PERU. Que tramite tengo que hacer?gracias
Rivelino
Fri, 16 Feb 2018 15:34 EST
Comprar camioneta en Chile y traerla a Perú
Saludos.Veo que ya les han escrito y pedido apoyo en cuanto a información para traer vehículos de Chile, sería bueno que al menos contesten esos pedidos para que los que estamos interesados en esos temas lo leamos y apreciemos su apoyo. Para que iniciar un dialogo si solamente reciben preguntas y no contestan nada.
Karla rojas
Mon, 11 Dec 2017 17:58 EST
Requisitos para obtener la nacionalidad peruana
Mi hijo es menor edad nacio en chile .necesito saber dondd se realizan los tramites y requisitos para q el obtenga la nacinalidad peruana
Jose cruz
Sat, 2 Dec 2017 14:57 EST
vehiculo de transporte de pasajeros
Buenas tardes se puede llevar a peru un vehiculo de transporte de pasajeros mayor de 24 asientos de segunda del año 98?
Franko
Sun, 26 Nov 2017 19:47 EST
Cuanto dura los antecedentes penales de peruanos en, chile
Ola buenas noches soy peruano quisiera saber cuanto dura los antecedentes penales para los peruanos en chile relación Antofagasta
jaime yauri
Wed, 22 Nov 2017 10:52 EST
Traer auto nissan tiida 2012
Soy nacionalizado peruano y quiero conprar nissan tiida 2012 y quisiera saber si lo puedo ingresar a Perú y cuánto me cuesta
xfa ayudenme
yauri.huari@gmail.com
delfin barboza quispe
Sun, 24 Sep 2017 20:46 EDT
buenas tarde,soy peruano quisiera comprar un auto para uso personal que requisito necesito porfa mi correo es dbq_2014@hotmail.com
faperino is back
Sat, 23 Sep 2017 23:06 EDT
Se debe tener presente sí el vehículo a importar es nuevo o usado, ya que existen dos tratamientos distintos para los vehículos usados que ingresan por las aduanas de la República, o por la zona de CETICOS, determinando, en uno u otro caso, el tratamiento aplicable. Del mismo modo, deberá tenerse en cuenta que existen casos en que los vehículos están exonerados de pago de derechos.
A.- VEHICULOS NUEVOS.-
Podrán ingresar al país vehículos nuevos pagando las siguientes tasas por concepto de derechos:

• Vehículos con capacidad de hasta 24 pasajeros incluido el conductor:
AD-VALOREM (AD/VAL) 12%
IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO (ISC) 20%
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV) 16%
IMPUESTO DE PROMOCION MUNICIPAL (IPM) 2%

• Vehículos de pasajeros y de carga:
AD-VALOREM (AD/VAL) 12%
IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV) 16%
IMPUESTO DE PROMOCION MUNICIPAL (IPM) 2%

B.- VEHICULOS USADOS.-
1.B.-INGRESO POR LAS ADUANAS DE LA REPUBLICA.-

• De conformidad con el Decreto Legislativo No 843, a partir del 01.NOV.96 quedó restablecida la importación de vehículos de transporte terrestre usados, de carga y de pasajeros, que cumplan con los siguientes requisitos de calidad:

• Que tengan una antigüedad no mayor de cinco (5) años, con excepción de los vehículos automotores de carga y de pasajeros con capacidad mayor de veinticuatro (24) pasajeros -con motores diesel-, cuya antigüedad deberá ser no mayor de ocho (8) años. La antigüedad de los vehículos se contará a partir del año siguiente al de su fabricación.
• Que no hayan sufrido volcaduras.
• Que no hayan sufrido siniestro. Para estos efectos, se considerará siniestrado a un vehículo cuando haya sufrido choques frontales, laterales o traseros sustanciales.
• Que tengan originalmente -proyectado e instalado de fábrica-, el timón a la izquierda. No se permitirá, en consecuencia, el ingreso de vehículos de timón original a la derecha que hubieren sido transformados a la izquierda.
• Que la emisión de monóxido de carbono no supere el límite de 9% en volumen.

• Los vehículos con las características antes señaladas estarán afectos de la siguiente manera:
1. Vehículos usados :
AD/VAL 12%
ISC 45%
IGV 16%
IPM 2%

2.- Vehículos usados para el transporte de pasajeros mayor de
24 pasajeros
AD/VAL 12%
IGV 16%
IPM 2%

2.B.- REACONDICIONADOS EN CETICOS.-

• De conformidad con el Decreto Legislativo No 842, se crearon, sobre la base de la infraestructura de las zonas Francas Industriales y de la zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC), los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios (CETICOS), en las ciudades de Ilo, Matarani y Tacna.

De otro lado, el Decreto Legislativo No 843 autorizó el ingreso de vehículos a los CETICOS, gozando de beneficios tales como la exoneración del Impuesto Selectivo al Consumo, entre otros y siempre que se cumplan con los siguientes requisitos:
o Que el vehículo tenga una antigüedad no mayor de cinco (5) años, con excepción de los vehículos automotores de carga y de pasajeros -con motores diesel-, con capacidad mayor de veinticuatro (24) pasajeros, en cuyo caso la antigüedad no deberá ser mayor a ocho (8) años. La antigüedad de los vehículos se contará a partir del año siguiente al de su fabricación.
o Que no hayan sufrido volcaduras.
o
Que sean desembarcados por los Puertos de Ilo o Matarani, a fin de que ingresen a los CETICOS para su reparación y reacondicionamiento. En este proceso, se deben observar los siguientes aspectos:
 Que, la condición de siniestrado del vehículo debe representar no menos del 30% ni más del 70% del valor FOB promedio de exportación de un vehículo similar del mismo año y en buen estado, de acuerdo a los anexos A y B del D.S. No 016-96-MTC.
 Que el vehículo tenga el timón originalmente proyectado e instalado a la derecha.
 Que el volumen de emisión de monóxido de carbono del vehículo -sea superior al permitido-, este volumen será tomado a la salida del tubo de escape.
• Cabe señalar que los vehículos desembarcados en los puertos de Ilo o Matarani, serán objeto, "in situ", de una inspección inicial por parte de las empresas supervisoras. Posteriormente, los vehículos automotores serán sometidos a una segunda inspección por parte de las empresas supervisoras, las cuales emitirán si es el caso, el Certificado de la Inspección correspondiente, luego de lo cual el interesado podrá iniciar el trámite de importación regular.
VEHICULOS QUE GOZAN DE EXONERACION DE IMPUESTOS.-

• Los vehículos para minusválidos son los únicos que gozan de exoneración de impuestos. Estos vehículos deben estar implementados exclusivamente para personas discapacitadas y su valor CIF no debe exceder los US$ 10,000.00; estando, exonerados del AD/VAL, más no así del ISC, IGV e IPM

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