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Comentarios acerca de esta Consulado General

RAFAEL POLANCO
Thu, 19 May 2016 07:52 EDT
Visa de Trabajadores Temporeros (VTT)
DESCRIPCIÓN

La República Dominicana es un país abierto al mundo. Todas nuestras bellezas naturales, nuestra historia, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades.

Las visas de trabajador temporero se otorgan a extranjeros que tengan una oferta de trabajo de una compañía debidamente registrada en la República Dominicana, estas tendrán una vigencia máxima de hasta un año, con una o múltiples entradas, dependiendo del contrato de trabajo.

Todos los ciudadanos del mundo que deseen tener un permiso temporal con vínculos laborales en la República Dominicana pueden solicitar una visa de trabajador temporero en las misiones consulares.



REQUISITOS

Presentarse en las oficinas de las misiones consulares dominicana con las siguientes documentaciones y requisitos:

Carta de solicitud de visa dirigida al jefe de la misión diplomática o consular, contentiva de nombre y nacionalidad del beneficiario, lugar de residencia y actividad a la cual se dedicará en el país, incluyendo los datos de la empresa empleadora.
1.1 Carta de solicitud de visa dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores, cuando el extranjero al momento de entrar en vigencia la Resolución No. 2/14 d/f 16 Enero 2014, estuvieren en territorio dominicano realizando trabajos cuya naturaleza fuere calificada como trabajador temporero por las normas migratorias, en animo de facilitar el proceso de regulación migratoria de la misma.

Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios consulares www.consuladord.com para ser llenado en online.
Una (1) fotografía tamaño 2 x 2 centímetros, de frente y con fondo blanco, sin joyas o accesorios y las orejas descubiertas.
Pasaporte original con una vigencia mínima de dieciocho (18) meses, acompañado de una (1) copia del pasaporte completo.
Fotocopia legible del documento oficial de identidad del país de origen, además fotocopia legible de la tarjeta de residencia, si reside en un segundo país.
Certificado de no antecedentes penales, del país de residencia del trabajador, o del último país en el que estuvo domiciliado, debidamente traducido al español si estuviese en otro idioma, apostillado o legalizado por el consulado dominicano, según corresponda.
Carta en original, emitida por la institución, organismo, empresa o persona física con la cual el extranjero llevará a cabo el trabajo temporal, en la que conste el compromiso de cumplir las condiciones y requisitos sobre derechos y condiciones laborales del país, comunicación de información sobre los trabajadores, transporte, gastos de viaje y repatriación.
Fianza de garantía de seguros para cubrir los gastos médicos y de repatriación.
Certificado Médico presentando un diagnóstico del estado general de salud del solicitante e indicando si el mismo padece de algún tipo de enfermedad infectocontagiosa. Deberá ser expedido por las autoridades de salud correspondientes, debidamente traducido al español si estuviese en otro idioma, apostillado o legalizado por el consulado dominicano, según corresponda.
Comunicación de la empresa empleadora con la promesa de trabajo, anexando una certificación del Ministerio de Trabajo donde conste que la misma está registrada en el Ministerio de Trabajo y se encuentra inscrita en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
Cuando se trate de solicitudes de visado a favor de trabajadores temporeros bajo el régimen de contingentes contratados, presentar copia de la solicitud de ingreso aprobada por la Dirección General de Migración (DGM).
En caso de renovación del contrato de trabajo, el interesado deberá presentar además de los requisitos anteriores:

Contrato original acompañado de la resolución del Ministerio de Trabajo mediante el cual se ordena el registro de dicho contrato.
Cuando se trate de solicitudes de visado a favor de trabajadores temporeros bajo el régimen de contingentes contratados, presentar copia de la solicitud de ingreso aprobada por la Dirección General de Migración (DGM).
Nota: Los requisito (a y b) aplican en los casos en que el trabajador estuvo en el país y finalizo su contrato y este se encuentra físicamente en su país de origen en proceso de renovación del visado.



TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de la nacionalidad del solicitante, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del personal.



PRECIO

En Rep. Dom.
El importe asciende a un total de RD$935.00 Pesos, Mediante impuesto del Banco de Reservas de la Rep. Dom. Código 034.

Desde el Exterior
El importe asciende a 30,00 dolares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS.



OBSERVACIONES

Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento.
Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen.
En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía.
El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de solicitar cualquier documento adicional y pautar entrevista en los casos que considere necesario para evaluar dicha solicitud.
El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado
carlos alberto tineo
Wed, 18 May 2016 13:51 EDT
electricista automotriz
buenas noche soy dominicano tengo cuatros hijos y quiciera darles la nacionalidad dominicana que devo aser son dos barones univercitario dos embras una estudia 5año y la mayor es casada que tengo que
aser o que documento nesecito
RAFAEL POLANCO
Wed, 18 May 2016 06:27 EDT
COMO OBTENER LA NACINALIDAD DOMINICANA PARA HIJOS DE DOMINICANOS NACIDOS EN EL EXTRANJERO
COMO OBTENER LA NACIONALIDAD DOMINICANA
para obtener o reclamar su nacionalidad DOMINICANA solo tiene usted que legalizar y apostillar su partida o acta de nacimiento en donde aparezca usted presentado por sus padres dominicanos y consignar dicho documento ante el consulado dominicano y pagar los impuestos correspondientes y si lo prefiere trasladarse a REPÚBLICA DOMINICA y en la oficina de registro civil mas cercana a su domicilio consigna ,paga y cédula de una vez,cualquier información pormenorizada favor llamar al 0414-8244359 Abogado dominicovenezolano RAFAEL POLANCO.
María Batista
Sat, 14 May 2016 20:44 EDT
Obtener Nacionalidad Dominicana
Saludos!!

Soy hija de Padre dominicano, de Madre Venezolana, nacida en Santo Domingo RD. y deseo obtener la Nacionalidad Dominicana.

¿Que pasos debo seguir para mi solicitud?

Agradecida de su comentario y/o asesoría.
Carlos Casañas
Fri, 13 May 2016 21:09 EDT
solicitud de informacion
Saludos le escribe Carlos Casañas, el motivo por el cual me dirijo a ustedes es para tener información sobre como obtener la nacionalidad dominicana soy venezolano de padre dominicano ya fallecido y de madre venezolana fallecida también, soy mayor de edad y quisiera saber cuales son los documentos que necesito para realizar dicho tramite, muchas gracias espero su respuesta.
Milagros
Wed, 11 May 2016 19:26 EDT
Piensen en los jovenes del futuro dominicano en el extranjero.
Buenas noches,mi inquietud es saber cuando se le van a dar oportunidades de trabajos a dominicanos preparados que estan esperando una oportunidad de trabajo, en la embajada o consulado dominicano, aqui en Venezuela.
ISIDRO GONZALEZ
Tue, 10 May 2016 18:28 EDT
VISADO
SOY CUBANO, Y VIVO EN VENEZUELA HACE 7 MESES
NECESITO SABER QUE DEBO HACER PARA VISITAR REP.DOMINICANA.

contablearte2015@gmail.com

DANDOLE LAS GRACIAS POR ANTICIPADO.
Orlando
Mon, 9 May 2016 17:28 EDT
Pasaporte
Buenas tardes,estoy en Venezuela y tengo pasaporte Dominicano. Mi pregunta es cuanto tiempo se demora sacarme el pasaporte dominicano estando en venezuela y cuanto seria el costo? Y cuales son los requisitos?
lismary torrealba
Mon, 9 May 2016 15:19 EDT
preguntas de interes
hola buen día , tengo dudas con lo de apostillar documentos para pedir residencia en dominicana ya que soy venezolana y tengo familia en dominicana pero lamentablemente no pude ser reconocida en el tiempo de mi nacimiento , ya que es algo tedioso el reconocimiento de mi padre biológico para hacerlo legal, prefiero solicitar la residencia por mi cuenta.,.,. la pregunta es al ir como turista y después variar la para residir provisionalmente el apostillar los documentos tiene un limite de tiempo? es decir que al salir de aquí llego a dominicana y llevo conmigo los documentos que piden apostillado me vale para pedir la residencia sin que se vensa los papeles?
RAFAEL POLANCO
Mon, 9 May 2016 15:19 EDT
LEY DE MIGRACION
LEY DE MIGRACION
CONTROL DE PERMANENCIA
Art. 98: Los extranjeros admitidos como residentes permanentes pueden
realizan toda clase de trabajo o actividad remunerada, por cuenta o en relación de
dependencia, con la excepción de la subcategoría de jubilados, pensionados o
rentistas, que deben ser autorizados por la dirección general de migración y la
secretaria de estado de trabajo. Presente disposición no exime a los extranjeros de
cumplir con obligaciones previstas en la leyes especiales, tales como revalidas de
títulos profesionales y autorizaciones para el ejercicio de profesiones liberales.
Art. 99: Los extranjeros admitidos como residentes temporales podrán
desarrollar actividades remuneradas o lucrativas durante el periodo de permanencia
autorizado, de acuerdo a las modalidades establecidas en la presente ley y su
reglamento, exceptuando los comprendidos en la subcategoría “parientes del residente
temporal”, que deben contar con una autorización expresa de la dirección general de
migración.
Art. 100: Los extranjeros admitidos como “no residentes”, no podrán realizar
tareas remuneradas o lucrativas de ninguna naturaleza, excepto los extranjeros
comprendidos en sección VII incisos 5,6,7 y 9 relativos a los no residentes de la
presente ley, quienes lo harán estrictamente para las actividades que fueron admitidos.
Art.101: Los extranjeros que permanezcan ilegalmente en el territorio nacional,
no podrán bajo ninguna circunstancia, trabajar, o realizar tareas remuneradas o
lucrativas. Es ilegal la permanencia del extranjero en el territorio nacional cuando se
dan los supuestos mencionados en el articulo 68 y cuando el extranjero, aun habiendo
ingresado legalmente al país, permanece en el una vez vencido el plazo autorizado por
la dirección general de migración o por la autoridad competente o se dedicare a
actividad distinta a la consignada en su documentación de ingreso al país.
Art. 102: Todo empleador, al proporcionar trabajo u ocupación o contratar a algún
extranjero, deberá constatar su permanencia legal en el país y que el mismo se
encuentra habilitado para trabajar, para lo cual exigirá excepción la presentación de
los siguientes documentos:
a) Carnet de residente permanente o de residencia temporal, según corresponda,
en el cual se especifique plazo legal de permanencia y si esta o no autorizado
para trabajar.
b) Cedula de identificación personal para extranjeros en la que coste que le
extranjero es residente temporal o residente permanente.
c) Carne de trabajo para los trabajadores temporeros no residentes.
Art. 103: Los empleadores serán responsables por la continuidad laboral o
contractual con los extranjeros cuya permanencia y situación migratoria se hubiese
convertido en legal, al caducar, durante tal relación, sus derechos a trabajar.
Art. 104: El empleador que proporcione trabajo o contrata a un extranjero que no
esta habilitado para trabajar según las disposiciones de la presente ley, queda obligado
a pagar los gastos de deportación, si tal medida es dispuesta por la dirección general
de migración, sin perjuicio de las sanciones que sean aplicables.

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